La prensa de hoy (Diario Médico, Diario Jurídico) publican hoy la noticia de que la Audiencia Nacional ha ratificado la infracción declarada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) al SCS por difundir datos de salud de 1.748 pacientes a través de la red P2P eMule.
Esta no es la primera vez que suceden estos hechos, ya que anteriormente la AEPD había sancionado a otras organizaciones por hechos similares. Y la sentencia ratifica el criterio de la Agencia de que no es eximente el argumento habitual de que "ha sido un trabajador que lo ha hecho por su cuenta", ya que es obligación de la organización velar porque estas circunstancias no se puedan producir.
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